El presente trabajo estudia las principales características de los consejos de administración de las sociedades de garantía recíproca en España comparándolas con las recomendaciones establecidas en los códigos de buen gobierno promulgados en España.
RESUMEN
El presente trabajo estudia las principales características de los consejos de administración de las sociedades de garantía recíproca en España comparándolas con las recomendaciones establecidas en los códigos de buen gobierno promulgados en nuestro país. El número de miembros de los consejos es elevado y muy superior al de otras empresas. La mayoría de puestos están ocupados por socios partícipes. Los representantes de organizaciones empresariales tienen una representación muy superior a su participación en el capital de las sociedades al contrario que las administraciones públicas que tienen menos consejeros de los que le correspondería por su inversión. El número de consejeros ejecutivos es reducido y no se identifica la presencia de consejeros independientes sin relación con los socios. En la composición de los consejos del sector todavía se detecta influencias de los inicios del sector sin que se hayan trasladado completamente todas las novedades introducidas en la reforma legal de mediados de los noventa. Podemos encontrar varias diferencias en los consejos de administración del sector respecto a las recomendaciones de los códigos de buen
gobierno: tamaño elevado, presencia de consejeros dominicales no relacionada con su porcentaje en el capital y ausencia de consejeros independientes.